miércoles, 21 de septiembre de 2016

DEUTERONOMIO: CAPÍTULO 14.

141 >>Hijos sois del Señor, vuestro Dios. No os haréis incisiones ni os reparéis la frente por un muerto. 2Eres un pueblo consagrado al Señor, tu Dios; el Señor te ha elegido entre todos los pueblos de la tierra como pueblo de su propiedad. 3No comerás nada abominable:
[a] 4>>Animales terrestres comestibles: el toro, el cordero, el cabrito, 5el ciervo, la gacela, el corzo, la cabra montés, el antílope, el bisonte y el rebeco. 6De los animales terrestres podéis comer todos los rumiantes bisulcos de pezuña partida; 7se exceptúan sólo los siguientes: el camello, la liebre y el león, que son rumiantes, pero no tienen la pezuña partida, tenedlos por impuros; 8el jabalí, que tiene la pezuña partida, tenedlos por impuros; 8el jabalí, que tiene la pezuña partida, pero no es rumiante, tenedlo por impuro. No comáis sus carnes ni toquéis sus cadáveres.
[b] 9>>Animales acuáticos comestibles: podéis comer los que tienen aletas ni escamas; 10pero los que no tienen aletas ni escamas no los podéis comer, tenedlos por impuros.
[c] 11>>Podéis comer todas las aves puras, 12pero no podéis comer el águila, el quebrantahuesos, el buitre negro, 13el buitre, el milano en todas sus variedades, 14el cuervo en todas sus variedades, 15el avestruz, el chotacabras, la gaviota y el halcón en todas sus variedades, 16el búho, el mochuelo, la corneja, 17el pelícano, el calamón, el mergo, 18la cigüeña y la garza en todas sus variedades, la abubilla y el murciélago, 19y los insectos, tenedlos por impuros, no son comestibles. 20Podéis comer todas las aves puras.
21>>No comeréis sus cadáveres, dejádselos al emigrante que vive en tu vecindad para que se los coma o véndeselos al extranjero, porque tú eres un pueblo santo para el Señor, tu Dios.
>>No cocerás un cabrito en la leche de su madre.

Diezmos y remisión (Nm 18,20-32)

22>>[a] Todos los años apartarás el diezmo de los productos de tus campos 23y comerás en presencia del Señor, tu Dios, en el lugar que se elija por morada de su nombre, el diezmo de su trigo, tu mosto y tu aceite y los primogénitos de tus reses y ovejas, para que aparendas a respetar al Señor, tu Dios, mientras te dure la vida. 24Si te resulta demasiado largo el camino y no puedes con todo, porque te han bendicido el Señor, tu Dios, y porque te queda lejos el lugar quehaya elegido el Señor para poner en él su nombre, 25lo venderás, meterás el dinero en una bolsa y lo llevarás al lugar que elija el Señor, tu Dios. 26Allí comprarás lo que te apetezca: reses, ovejas, vino, licores, todo lo que te pida el apetito, y lo comerás en presencia del Señor, disfrutando tú y los tuyos. 27Pero no descuides al levita de tu vecindad, pues no le tocó nada en el reparto de la herencia.
28[b] >>Cada tres años apartarás el diezmo de la cosecha del año y lo depositarás a las puertas de la ciudad. 29Así, vendrá el levita, que no se benefició en el reparto de vuestra herencia, el emigrante, el huérfano y la viuda que viven en tu vecindad, y comerán hasta hartarse. Así, te bendecirá el Señor en todas las tareas que emprendas.

Explicación.

14,1-21 Es extraordinario que esta serie de prohibiciones, que nosotros llamamos tabúes, sean distintivo de un "pueblo santo" (2.21), de "hijos del Señor" (1). ¿Será esta fórmula, bene Yhwh, imitación y corrección de otra semejante, bene elohim? ¿O tiene el término bene un significado más débil, de pertenencia? ¿O intenta aclarar y sublimar el corriente bene yisrael?

La serie comienza por ritos funerarios (1) y termina refiriéndose a animales muertos (21). Los primeros hay que entenderlos ligados a cultos extranjeros, ya que otros ritos funerarios están permitidos y son practicados por los israelitas (Is 22,12; Jr 16,6; Ez 7,18).

Los animales se dividen en puros e impuros, comestibles y vedados, no por criterios higiénicos, sino por costumbre sancionada por la ley. Esa distinción queda abolida por Cristo, como atestigua la visión de Pedro en Jafa (Hch 10; cfr. Mc 7).

La identificación y la traducción de algunas especies es conjetural.

14,21b Quizá se trate de un rito mágico. La prohibición se lee también en Ex 23,29 y 34,26.

14,22 Aquí empieza una serie, de tema económico y social, que se articula por la periodicidad: cada año (22-27); cada tres años (28-29); cada siete años (1-11). Después de una desviación, atraída por el tema, sobre esclavos y primogénitos de animales (15,12-23), retorna a otro ciclo periódico, a lo largo del año (16,1-20=.

14,22-27 Ya Gn 28,22 atribuye a Jacob una fundación de diezmos para un santuario del Señor en Betel. En su origen el diezmo era una ofrenda agraria para la divinidad local, en reconocimiento por la cosecha. La centralización del culto traslada la oferta al templo de Jerusalén y la convierte en un banquete festivo, familiar, "en presencia del Señor". El banquete es en sí un hecho secular; la referencia explícita a Yhwh le infunde carácter de confesión religiosa. Celebrarlo en Jerusalén supone una peregrinación: se puede conjeturar que se aprovechaba la fiesta de las chozas.

La centralización crea un problema: la conservación y transporte de algunos productos agrícolas y pecuarios. Para resolverlo se aprovecha un progreso económico; el uso fácil del dinero como instrumento comercial, en sustitución de operaciones sólo en especie.

El resultado de esta provisión es múltiple: inculcar el culto exclusivo del único Dios de todos los israelitas, hacer que experimenten el carácter festivo de su religiosidad, fomentar la unidad nacional y los lazos familiares a la sombra del Señor.

14,28-29 Además del año sabático, de barbecho (Ex 23,10-11 y Lv 25), la presente ley introduce un ciclo trienal de décimos, a favor de las clases necesitadas, que se conservan y distribuyen localmente; sin intervención burocrática centralizada. Entre esas clases tradicionales, especie de proletariado, se incluyen los levitas, que no poseen otros medios de sustento.

La prescripción es humanitaria, de justicia social: de su cumplimiento depende el bienestar económico que procura la bendición del Señor. En otros términos, la religiosidad no acarrea automáticamente el bienestar económico, sino que lo condiciona a la solidaridad efectiva. No está claro si el diezmo trienal sustituye o se añade al anual.

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