miércoles, 21 de septiembre de 2016

DEUTERONOMIO: CAPÍTULO 24.

241>>Si uno se casa con una mujer y luego no le gusta, porque descubre en ella algo vergonzoso, le escribe el acta de divorcio, se la entrega y la echa de casa, 2y ella sale de la casa y se casa con otro, 3y el segundo también la aborrece, le escribe el acta de divorcio, se la entrega y la echa de casa, o bien muere el segundo marido, 4el primer marido, que la despidió, no podrá casarse otra vez con ella, pues está contaminada; sería una abominación ante el Señor: no eches un pecado sobre la tierra que el Señor, tu Dios, va a darte en heredad.
5>>Si uno es recién casado, no está obligado al servicio militar ni a otros trabajos públicos; tendrá un año de licencia para disfrutar en casa con la mujer con quien se ha casado.
6>>No tomarás en prenda las dos piedras de un molino, ni siquiera la muela, porque sería tomar en prenda una vida.
7>>Si descubren que uno ha secuestrado a un hermano suyo israelita, para explotarlo o venderlo, el secuestrador morirá; así extierparás la maldad de ti.
8Tened cuidado con las afecciones de la piel, cumplid exactamente las instrucciones de los sacerdotes levitas: cumplid lo que yo les he mandado. 9Recuerda lo que hizo el Señor, tu Dios a María cuando salisteis de Egipto.
10>>Si haces un préstamo cualquiera a tu hermano, no entres en su casa a recobrar la prenda; 11espera afuera, y el prestatario saldrá a devolverte la prenda. 12Y si es pobre, no te acostarás sobre la prenda; 13se la devolverás a la caída del sol, y así él se acostará sobre su manto y te bendecirá, y tuyo será el mérito ante el Señor, tu Dios.
14>>No explotarás al jornalero, pobre y necesitado, sea hermano tuyo o emigrante que vive en tu tierra, en tu ciudad; 15cada jornada le darás su jornal, antes que el sol se ponga, porque pasa necesidad y está pendiente del salario. Si no, apelará al Señor, y tú serás culpable.
16>>No serán ejecutados los padres pos culpas de los hijos ni los hijos por culpas de los padres; cada uno será ejecutado por su propio pecado.
17>>No defraudarás el derecho del emigrante y del huérfano ni tomarás en prenda las ropas de la viuda; 18recuerda que fuiste esclavo en Egipto, y que allí te redimió el Señor, tu Dios; por eso yo te mando hoy cumplir esta ley.
19>>Cuando siegues la mies de tu campo y olvides en el sulo una gavilla, no vuelvas a recogerla; déjasela al emigrante, al huérfano y a la viuda, y así bendecirá el Señor todas tus tareas.
20>>Cuando varees tu olivar, no repases las ramas; déjaselas al emigrante, al huérfano y a la viuda.
21>>Cuando vendimies tu viña, no rebusques los racimos; déjaselos al emigrante, al huérfano y a la viuda. 22Acuérdate que fuiste esclavo en Egipto; por eso yo te mando hoy cumplir esta ley.


Explicación.



24,1-4 A pesar del detalle y la articulación con que está redactada esta ley, no logramos entender su sentido. Comparándola con el derecho matrimonial de otros pueblos vecinos, algunos conjeturan que median intereses económicos. El texto emplea un leguaje grave: ella tiene algo "vergonzoso", después de la segunda separación está "impura" o contaminada; volver a tomarla en tercera instancia sería ante el Señor "abominación", para la tierra contagio de "pecado". El autor considera claro el caso y su motivación. Nosotros averiguamos que el marido puede tomar la iniciativa para un divorcio con fundamento, que la mujer divorciada puede casarse de nuevo con toda libertad. ¿Podía casarse después con un tercero?

Oseas e Isaías emplean la imagen de la mujer abandonada por el Señor y acogida de nuevo (Os 2; Is 54). Malaquías se opone a la práctica o al abuso (Mal 2,16). Jesús prohíbe el divorcio (Mt 5,31; 19,7; Mc 10,4).

24,5 Respecto a la ley sobre la guerra (20,7) la presente concede al recién casado un año entero de exención de servicio militar y de otros servicios civiles. Disfrutar de: la forma hebrea admite la traducción "complacer a"; un matiz que coloca a lamujer en el puesto principal (pero véase Is 62,5).

24,6 Se refiere al molino manual, manejado por las mujeres, con el que se prepara el sustento cotidiano. Es una pieza "vital" del ajuar doméstico (cfr. Jr 25,10).

24,7 Véase 5,19 y Éx 21,16.

24,8-9 Amplia exposición en Lv 13-14: el texto supone la competencia y pericia de los levitas, porque las enfermedades de la piel tienen una connotación cúltica. El caso de María en Nm 12.

24,10-18 Esta serie, al parecer heterogénea, responde en casi todos los detalles a la serie de Ez 18, que trata, con casos concretos, de la responsabilidad personal. El tema se concentra aquí en el v.16; los otros preceptos tienen sentido social humanitario.

24,10-13 El punto de partida puede ser Ex 22,25-26, sobre el tomar en prenda el manto. Dicho caso particular está introducido aquí con una fórmula general. El pobre dispone sólo de un manto, que le sirve como ropa de cama: retenerlo sería una crueldad inaceptable. El pobre tiene derecho a comer y también a dormir decentemente. La motivación es típica del Dt: el pobre expresa su agradecimiento bendiciendo, es decir, pidiendo que Dios lo bendiga (cfr. 31,19-20); se entiende que el Señor escucha la súplica. El caso opuesto se lee en la ley siguiente y en 15,9, con el antónimo de "mérito", "pecado".

24,14-15 Es notable en esta ley la igualación del emigrante con el israelita en derechos laborales (cfr. Lv 19,33-34). "Jornal" viene de "diurnal" o cotidiano. Los jornaleros, reclutados en gran parte entre los forasteros, vivían al día, del "jornal". Véanse Job 7,2; Tob 4,14; Sant 5,4.

24,16 Se puede colocar en serie cronológica: el castigo compartido de Ex 22,23, el limitado a la persona, de Ez 18 y de la presente ley. Es ley humana, que no coarta la soberanía de Dios cuando castiga.

Véase el caso de Amasías en 2 Re 14,6.

24,17-18 Véase Ex 22.20-23.

24,19-22 Véase Lv 19,9-10; 23,22. El libro de Rut ilustra esta costumbre, destacando su valor humanitario de solidaridad con una joven viuda moabita.


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